Los alérgenos más comunes con las últimas modificaciones según Real Decreto 1245/2008 y por ello los que tiene que considerar la industria alimentaria son:
- Leche: Leche y sus derivados (incluida la lactosa y proteinas de leche de vaca ) salvo:
- Huevo: Huevos y productos a base de huevo
- Gluten: Cereales que contengan gluten (es decir, trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas) y productos derivados salvo:
- jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa,
- maltodextrinas a base de trigo,
- jarabes de glucosa a base de cebada,
- cereales utilizados para hacer destilados o alcohol etílico para bebidas alcohólicas.
- Frutos secos: Frutos de cáscara: almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, pistachos o alfóncigos, castañas de Pará, nueces macadamia o nueces de Australia y sus derivados, salvo:
- Cacahuete: Cacahuetes y productos a base de cacahuetes
- Soja: Soja y productos a base de soja, salvo:
-
aceite y grasa de semilla de soja refinados,
-
tocoferoles naturales derivados de la soja,
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fitosteroles y ésteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja,
-
esteroles de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja.
- Pescado: Pescado y productos a base de pescado, salvo:
- Crustáceos: Crustáceos y productos a base de crustáceos
- Apio: Apio y productos derivados
- Mostaza: Mostaza y productos derivados
- Sésamo: Granos de sésamo y productos a base de granos de Sésamo
- Sulfitos: Anhídrico sulfuroso y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro expresado como SO2
- Altramuces: Altramuces y productos a base de altramuces
- Moluscos: Moluscos y productos a base de moluscos
